The Public Domain Manifesto

In a period of rapid technological and social change the Public Domain fulfills an essential role in cultural participation and digital innovation, and therefore needs to be actively maintained. Active maintenance of the Public Domain needs to take into account a number of general principles. The following principles are essential to preserve a meaningful understanding of the Public Domain and to ensure that the Public Domain continues to function in the technological environment of the networked information society. With regard to the structural Public Domain these are as follows:

1.    The Public Domain is the rule, copyright protection is the exception.  Since copyright protection is granted only with respect to original forms of expression, the vast majority of data, information and ideas produced worldwide at any given time belongs to the Public Domain. In addition to information that is not eligible for protection, the Public Domain is enlarged every year by works whose term of protection expires. The combined application of the requirements for protection and the limited duration of the copyright protection contribute to the wealth of the Public Domain so as to ensure access to our shared culture and knowledge.  

 

2.    Copyright protection should last only as long as necessary to achieve a reasonable compromise between protecting and rewarding the author for his intellectual labour and safeguarding the public interest in the dissemination of culture and knowledge. From neither the perspective of the author nor the general public do any valid arguments exist (whether historical, economic, social or otherwise) in support of an exceedingly long term of copyright protection. While the author should be able to reap the fruits of his intellectual labour, the general public should not be deprived for an overly long period of time of the benefits of freely using those works.

 

3.    What is in the Public Domain must remain in the Public Domain. Exclusive control over Public Domain works must not be reestablished by claiming exclusive rights in technical reproductions of the works, or using technical protection measures to limit access to technical reproductions of such works.

 

4.    The lawful user of a digital copy of a Public Domain work should be free to (re-)use, copy and modify such work. The Public Domain status of a work does not necessarily mean that it must be made accessible to the public. The owners of physical works that are in the Public Domain are free to restrict access to such works. However once access to a work has been granted then there ought not be legal restrictions on the re-use, modification or reproduction of these works.

 

5.    Contracts or technical protection measures that restrict access to and re-use of Public Domain works must not be enforced. The Public Domain status of a work guarantees the right to re-use, modify and reproduce. This also includes user prerogatives arising from exceptions and limitations, fair use and fair dealing, ensuring that these cannot be limited by contractual or technological means.

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Comments (2)

Jan 27, 2010
Jolaus said...
Traducción al Castellano de The Public Domain Manifesto:

En un período de cambio tecnológico y social acelerado el dominio público cumple un papel esencial en la participación cultural y la innovación digital, y por lo tanto debe ser activo. Para mantener activo el dominio público hay que tener en cuenta una serie de principios generales. Los principios siguientes son esenciales para preservar una comprensión significativa del dominio público y para garantizar que el dominio público sigue funcionando en el entorno tecnológico de la sociedad de la información en red. Con respecto al dominio público estructural estos principios son los siguientes:

1.El dominio público es la regla, la protección del derecho de autor la excepción.  Dado que la protección del derecho de autor se concede únicamente con respecto a las formas originales de expresión, la gran mayoría de los datos, la información y las ideas generadas mundialmente en cualquier instante pertenecen al dominio público. Además de la información que no es susceptible de ser protegida, el dominio público crece cada año con las obras cuyo plazo de protección expira. La aplicación combinada de los requisitos de protección y la duración limitada de la protección del derecho de autor contribuyen a la riqueza del dominio público a fin de garantizar el acceso a nuestra cultura y nuestro conocimiento comunes.

2.La protección del derecho de autor debe durar sólo el tiempo necesario para alcanzar un compromiso razonable entre la protección y la recompensa al autor por su labor intelectual y la salvaguardia del interés público en la difusión de la cultura y el conocimiento. Ni desde la perspectiva del autor ni la del público en general no existe ningún argumento válido (ya sea histórico, económico, social o de otro tipo) que apoye un plazo de protección del derecho de autor excesivamente largo. Si bien el autor debe ser capaz de recoger los frutos de su labor intelectual, el público en general no debe ser privado de por un período excesivamente largo de tiempo de los beneficios de utilizar libremente las obras.

3.Lo que está en el dominio público debe permanecer en el dominio público. El control exclusivo sobre las obras de dominio público no debe ser restablecido reclamando derechos exclusivos por la reproducción técnica de las obras o por utilizando medidas técnicas de protección para limitar el acceso a las reproducciones técnicas de dichas obras.

4.El usuario legítimo de una copia digital de una obra del dominio público debe ser libre de (re-)utilizarla, copiarla y modificarla. El estado de dominio público de una obra no significa necesariamente que deba ser accesible al público. Los propietarios de obras físicas que se encuentran en el dominio público son libres de restringir el acceso a estas obras. Sin embargo, una vez el acceso a una obra se ha concedido no debería haber restricciones legales para su re-utilización, modificación o reproducción.

5.Los contratos o las medidas técnicas de protección que restringen el acceso y la reutilización de las obras de dominio público no deben ser aplicadas. El estado de dominio público de una obra garantiza el derecho a la re-utilización, la modificación y la reproducción. Esto también incluye las prerrogativas de los usuarios derivadas de las excepciones y los límites, el uso y el trato legítimo, asegurando que no puedan ser limitados por vía contractual o tecnológica.

Jan 27, 2010
José Cuerva liked this post.

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